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¡Bienvenidos a esta charla informativa sobre el servicio de asistencia personal! En el transcurso de esta sesión, vamos a discutir qué es exactamente la asistencia personal, quiénes pueden beneficiarse de ella, cómo funciona y cuáles son los servicios que se ofrecen. Además, también abordaremos algunas preguntas frecuentes y proporcionaremos información adicional para aquellos interesados en utilizar este servicio. ¡Comencemos!
La asistencia personal es un servicio diseñado para ayudar a las personas en su vida diaria. Está dirigido a aquellas personas que, debido a una discapacidad o una condición de salud, pueden necesitar apoyo adicional para realizar tareas cotidianas. El objetivo principal de la asistencia personal es promover la independencia y la autonomía de las personas, permitiéndoles tener mayor control sobre su vida y participación en la comunidad.
Una de las características clave de la asistencia personal es que es un servicio centrado en la persona. Esto significa que la persona que recibe la asistencia tiene la libertad de elegir cómo, cuándo y qué tipo de apoyo necesita. En lugar de seguir un modelo tradicional de cuidado, donde el cuidador toma decisiones en nombre de la persona, la asistencia personal se basa en la colaboración y la igualdad de poder entre el asistente personal y la persona que recibe el servicio.
El servicio de asistencia personal puede incluir una amplia gama de tareas, dependiendo de las necesidades individuales de cada persona. Algunas de las áreas en las que se puede brindar apoyo incluyen:
- Asistencia en la higiene personal, como el baño, el vestirse y el cuidado personal.
- Ayuda en las tareas domésticas, como la limpieza, la cocina y la lavandería.
- Acompañamiento y apoyo para realizar actividades fuera del hogar, como ir de compras, asistir a citas médicas o participar en eventos sociales.
- Asistencia en la administración de medicamentos y en el seguimiento de tratamientos médicos.
- Apoyo en la gestión de las finanzas personales y trámites administrativos.
- Ayuda en el acceso a la educación, el empleo y la participación en la comunidad.
Es importante destacar que la asistencia personal no solo se limita a las necesidades físicas, sino que también puede abarcar aspectos emocionales y sociales. Los asistentes personales están capacitados para establecer una relación de confianza con la persona que reciben el servicio y proporcionar apoyo emocional, fomentando la inclusión social y la participación activa en la comunidad.
En cuanto al funcionamiento de la asistencia personal, generalmente se establece un acuerdo contractual entre la persona que recibe el servicio y el asistente personal. Las condiciones y el horario de trabajo se acuerdan de mutuo acuerdo y pueden variar según las necesidades individuales. Algunas personas pueden requerir asistencia a tiempo completo, mientras que otras pueden necesitar apoyo solo durante ciertas horas del día.
En resumen, la asistencia personal es un servicio destinado a brindar apoyo a las personas con discapacidad o condiciones de salud que necesitan ayuda adicional en su vida diaria. Su objetivo principal es promover la independencia y la autonomía de las personas, permitiéndoles tener mayor control sobre su vida y participación
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En la sesión celebrada el pasado viernes del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia se ha dado un gran paso adelante para la vida independiente de las personas con discapacidad
La Plataforma Representativa Estatal de Personas con Discapacidad Física y Orgánica, PREDIF, aplaude el acuerdo de regulación de la asistencia personal, que tuvo lugar el pasado viernes en el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. La entidad lleva más de una década reivindicando esta figura profesional como la que más se adecua a las personas con discapacidad para que puedan llevar a cabo su proyecto de vida de manera independiente y autónoma.
PREDIF ha desarrollado proyectos en clave de éxito para la promoción y el desarrollo de la asistencia personal en diferentes territorios españoles, siendo la pionera en montar un Servicio Integral de Asistencia Personal para prestar este apoyo a las personas que lo solicitaban, así como la primera entidad en celebrar un Congreso Internacional de Asistencia Personal, del que ya ha llevado a cabo 4 ediciones.
A través de este acuerdo se garantiza que el desarrollo de la asistencia personal se lleve a cabo en todas las comunidades autónomas definiendo y estableciendo un marco común de condiciones específicas de acceso a la asistencia a través de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, las intensidades y cuantías o el régimen de compatibilidades. Por otra parte, se regula también la figura profesional del/de la asistente personal, como la formación o los requisitos de la contratación.
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La jubilación anticipada es en muchos casos de las personas con discapacidad algo a lo que tratar de llegar cuanto antes. Es una de las reclamaciones que este sector de la sociedad ha demandado a los representantes políticos durante más tiempo. Así, el colectivo ha reclamado una mayor flexibilidad para acceder a esta situación de forma prematura.
Esta semana, hace dos días, el Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo Real Decreto en torno a este tema. Gracias al texto refrendado, han cambiado las condiciones para acceder a esta jubilación anticipada. Como ha anunciado el Ejecutivo, esta medida afectará a las personas con una discapacidad igual o superior al 45%.
Para ello, se reduce el tiempo de cotización de 15 a 5 años. Sin embargo, esta medida muchas veces suele entenderse de manera equivocada. Y es que muchas personas piensan que ahora solo tienen que cotizar un lustro para poder acceder a la jubilación anticipada.

Eso es un error. El tiempo de cotización en realidad sigue siendo el mismo para todas las personas, con y sin discapacidad. El mínimo de 15 años se mantiene para toda la sociedad. No obstante, lo que se ha reducido es que se pueda acreditar únicamente 5 años con dicha discapacidad. En ese supuesto, las personas con discapacidad sí podrán solicitar la jubilación anticipada.
Acumulación de discapacidades
La nueva norma también permitirá «acumular distintas discapacidades con diferentes grados» para alcanzar el umbral del 45% exigido», según palabras del ministro Escrivá recogidas por CERMI y Servimedia. El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad ya había reclamado esta revisión de las condiciones. Ahora se felicita de que se haya dado este paso por los derechos y la calidad de vida de las personas con discapacidad: «Es una forma de compensar la menor esperanza de vida originada por la discapacidad o la intensificación de los efectos del envejecimiento causados por esta razón», citan en su web.
El ministro también ha aludido a que se ha simplificado el procedimiento para solicitar la jubilación anticipada. Hasta la fecha, se requería un informe del Imserso o del organismo autonómico correspondiente para acreditar la discapacidad.
No obstante, el nuevo texto ciñe los requisitos a un informe médico que lo demuestre. Asimismo, el Ejecutivo deja abierto el listado de enfermedades que pueden dar lugar a esta jubilación.
Con todo, muchas personas con discapacidad congénita, no adquirida, expresan su preocupación en redes sociales. Estas esperan que a la hora de incorporar «nuevas patologías en función de los avances de la ciencia», según palabras del ministro, se tenga en cuenta también este otro tipo de discapacidad. El cómputo de los años debe remontarse también a situaciones de largo recorrido, y no únicamente en aquellas de reciente aparición.